Todo lo que necesitas saber sobre el registro de marcas o signos distintivos

El registro de marcas o signos distintivos protege aquellos elementos que nos permiten identificar y diferenciar determinados productos o servicios en el mercado. Como tales, son uno de los activos intangibles más valiosos para cualquier empresa.

El branding ha ganado mucho peso en las sociedades desarrolladas, al relacionarse con una garantía de calidad, de trasfondo ético e incluso de prestigio que tiene efecto en las decisiones de los consumidores.

Todos los días operamos en el mercado, ya sea para escuchar música, tomar un café o para comprar comida, ropa o un nuevo dispositivo electrónico. Y el mercado nos ofrece multitud de posibilidades, muchas de ellas similares. ¿Qué nos hace preferir un determinado refresco a otro? ¿Por qué optamos por este pequeño electrodoméstico y no por aquel?

En muchas ocasiones es la marca la que nos hace elegir los productos o servicios que consumimos. Incluso es probable que estemos dispuestos a pagar más (mucho más) por un producto de marca que por otro con características similares pero cuyo origen desconocemos.

Aquí es donde reside el valor de las marcas y signos distintivos. Son como el rostro de nuestro proyecto. Y si las cuidamos y desarrollamos, nuestros usuarios podrán reconocernos en el mercado, elegirnos y recomendarnos. Pero, ¿puedo utilizar cualquier marca o signo distintivo?

El registro de marcas o signos distintivos

La respuesta a la anterior pregunta es relativa. En principio podemos utilizar cualquier marca o signo distintivo, en la medida en que son productos de nuestro intelecto o imaginación. Pero si el ordenamiento jurídico no impusiera algunos límites, los desaprensivos podrían comercializar sus productos o servicios aprovechando el prestigio de su competencia.

En este caso estaríamos introduciendo confusión en el mercado, porque el comprador no sabría si está contratando con la empresa original o con un imitador de peor calidad. Además, permitiríamos que cualquiera se aproveche del trabajo de branding que ha hecho una compañía. Trabajo costoso que requiere una inversión y mucho tiempo.

Para resolver estos problemas está la posibilidad de registrar marcas o signos distintivos. El organismo encargado de gestionar este registro en Bolivia es el SENAPI, que no solo se somete a las normas nacionales. También aplica normas internacionales y, particularmente, el ordenamiento jurídico de la Comunidad Andina.

Porque la trascendencia económica de la Propiedad Intelectual requiere que los esfuerzos por protegerla se coordinen internacionalmente.

¿Qué son los signos distintivos?

Los signos distintivos son la parte más extensa de la Propiedad Industrial, y uno de los activos intangibles que más pronto debería proteger cualquier empresa. Entendemos como signo distintivo aquel que permite identificar y diferenciar un producto o servicio en el mercado. En concreto, podemos proteger:

  • Marcas. Son características que presentan representación gráfica y distintividad. Su composición puede ser muy variada, empleándose o combinándose diferentes elementos, como:
    • Palabras, letras, números y combinaciones de ellas.
    • Imágenes, figuras, símbolos, logotipos, emblemas, escudos.
    • Formas, tanto del producto como de su envoltorio.
    • Sonidos.
    • Olores.
  • Nombres comerciales. Son los identificadores de un proyecto en el mercado. No tienen por qué coincidir con la denominación o razón social de la empresa. Por tanto, basta con que el consumidor pueda identificar a la empresa en sus adquisiciones o contrataciones.
  • Lemas comerciales. Son palabras, fases o eslóganes que complementan la estrategia de marca de una empresa.
  • Marcas colectivas. Son marcas que pertenecen a un grupo de empresas, identifican características de sus productos y se explotan bajo la organización de un único titular.
  • Denominaciones de origen. Son identificadores del origen de un producto o servicio, asociadas a las ventajas geográficas, culturales o tradicionales de la zona. También se conocen como Identificación Geográfica.

¿Puedo registrar cualquier signo distintivo?

Como ves, existen muchos tipos de signos distintivos. Pero eso no significa que cualquier elemento se pueda considerar como tal.

En primer lugar, el signo distintivo tiene una función propia: identificar y diferenciar el producto o servicio. Por tanto, no podremos registrar como signo distintivo un elemento que no cumpla con estos objetivos.

Esto no implica que la idea quede desamparada. Por ejemplo, si lo que queremos proteger es una novela podremos recurrir a los Derechos de Autor, si es una invención podremos patentarla como Propiedad Industrial y si es una estrategia comercial podríamos protegerla como secreto empresarial.

¿Cómo se registra una marca o signo distintivo?

El proceso de protección de un signo distintivo varía dependiendo del tipo de símbolo ante el que nos encontremos. Nos centramos en el caso de las marcas por ser el más frecuente.

Lo primero que debemos hacer antes de poder registrar una marca es buscar en la base de datos de Signos Distintivos del SENAPI. El objetivo es asegurarnos de que no existe una marca idéntica o muy parecida a la nuestra.

Para ello tendremos que rellenar el formulario de Búsqueda de Antecedentes de Signos Distintivos y pagar la correspondiente tasa. Utilizaremos el Clasificador Internacional NIZA para determinar las categorías donde se debe realizar la búsqueda.

Una vez comprobado que nuestra marca no induce a confusión ni es idéntica a otra ya registrada podremos solicitar el registro. Necesitaremos presentar el Formulario PI-100 acompañado de una documentación que dependerá de nuestro tipo de marca.

En esta etapa todavía podríamos ser objeto de oposición si otra persona considera que nuestra marca afectará negativamente a sus derechos o los de los consumidores. Con la ayuda de un buen abogado podemos defendernos de una oposición solicitando la cancelación del signo conflictivo, siempre que no se esté utilizando en el mercado.

Una vez aprobado el registro solo podremos perder nuestra marca si somos objetos de una demanda de nulidad o si no la renovamos a tiempo, cosa que tendremos que hacer cada 10 años.

Como ves, el registro de marcas o signos distintivos no es complejo. Pero pueden aparecer muchos obstáculos, y el mejor modo de salvarlos es teniendo experiencia en el campo. Como especialistas en Propiedad Intelectual, desde Achá Lemaitre Abogados podemos ayudarte a registrar y renovar tus marcas y signos distintivos, haciendo un seguimiento de tu cartera y oponiéndonos al registro o utilización no autorizada por terceros. ¿Quieres que hablemos?

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