El nombre comercial es uno de los elementos básicos de la identidad de cualquier empresa o proyecto. Como ocurre con otros activos intangibles, es susceptible de protección mediante las normas de Propiedad Intelectual.
Activar estos mecanismos de defensa es fundamental para garantizar la defensa de tu identidad. Sin embargo, los nombres comerciales no se sujetan al mismo régimen de protección que las marcas. Por eso queremos prestar atención a este asunto, analizar la diferencia entre ambos signos distintivos y explicarte cómo proteger tu nombre comercial.
El valor comercial de la defensa de tu identidad
Como especialistas en Propiedad Industrial, hemos incidido en algunas ocasiones en las ventajas de defender tu identidad corporativa. Las industrias relacionadas con un uso intensivo de la Propiedad Intelectual encabezan la economía global gracias a sus derechos de Marcas y Patentes. Pero es un error pensar que la Propiedad Industrial se limita a este tipo de empresas.
Todos los negocios tienen un nombre comercial. Y este se considera Signo Distintivo y, por tanto, integra su Propiedad Industrial. Es decir, algo tan sencillo como el nombre con el que identificamos nuestro negocio puede ser objeto de protección. Pero, ¿es importante proteger tu nombre comercial?
Aunque no estemos ante ningún secreto industrial o ninguna innovación tecnológica, el nombre comercial tiene un valor mercantil propio:
- En primer lugar, identifica a la compañía desde la que prestamos servicios o comercializamos productos. Esto nos permite diferenciarnos de la competencia y entablar relaciones significativas con nuestro público.
- Al establecer una relación significativa influimos en las decisiones de compra. Por lo tanto, el nombre comercial aporta valor económico a la empresa.
- Como otros elementos identificativos, nuestro nombre comercial canaliza nuestra estrategia de marketing. Si cuidamos nuestra reputación, el nombre representará productos y servicios de calidad y generará demanda.
- Además, nutrir el nombre comercial aporta seguridad en el mercado.
En definitiva, aunque el nombre comercial no suponga una gran innovación para la industria sí aporta mucho valor a la empresa. Y por eso debemos cuidarlo.
¿Cuál es la diferencia entre una marca y un nombre comercial?
Como hemos indicado, tanto las marcas como los nombres comerciales son signos distintivos. Esto significa que sirven para identificar a la empresa, sus productos o servicios en el mercado y diferenciarlos de la competencia.
Sin embargo:
- Las marcas identifican productos y servicios, mientras que el nombre comercial identifica el origen de estos productos y servicios. Aunque una empresa actúe con un único nombre comercial en el mercado puede tener varias marcas en su cartera de signos distintivos.
- Las marcas se protegen mediante el sistema de registro. Es decir, para poder utilizarlas en exclusiva debemos registrar las marcas en el SENAPI. Sin embargo, los nombres comerciales se protegen mediante el uso (aunque, como veremos, también se pueden y deben registrar).
De un modo similar a lo que ocurre con los Derechos de Autor, los nombres comerciales se adquieren la primera vez que hacemos uso de ellos, manteniéndose mientras sigamos utilizándolos. - Las marcas se pueden vender o licenciar mediante una cesión de derechos. Sin embargo, para vender el nombre comercial deberemos traspasar el establecimiento comercial, pues está sujeto a este.
Por tanto, el nombre comercial identifica a la empresa o uno de sus establecimientos. Puede estar constituido por una denominación social o cualquier otra identificación, siempre que sirva a los consumidores para reconocer el establecimiento. Por último, los nombres comerciales pueden coincidir o no con la razón social de la persona jurídica y con las marcas que explota.
Mientras la protección de la marca depende de un sistema de registro, la del nombre comercial depende de su uso. Sin embargo, otorgar la mayor seguridad jurídica al nombre comercial también requiere de un registro.
Cómo proteger tu nombre comercial
La Decisión n.º 486 de la Comunidad Andina incluye algunas normas de protección de los nombres comerciales:
- En el artículo 136 prohíbe que se registren marcas que generen riesgos de asociación o confusión con nombres comerciales, rótulos o enseñas protegidos.
- Dedica su Título X explica el régimen de protección del nombre comercial, donde destaca:
- Una empresa puede tener más de un nombre comercial, que es independiente de su denominación o razón social.
- Basta con utilizar el nombre para obtener y adquirir su derecho exclusivo.
- Como titulares, podemos prohibir que otras personas utilicen signos distintivos que puedan generar riesgos de asociación o confusión.
- Aunque los derechos de exclusividad nazcan con el mero hecho de utilizar el nombre, podemos registrarlo en el SENAPI para mayor seguridad jurídica. Este registro está sometido a algunas limitaciones, relacionadas con el orden público y la lealtad comercial.
- Si procedemos al registro deberemos renovarlo cada diez años. No hacerlo supondrá la pérdida del registro, pero no de los derechos. Así, el derecho de uso exclusivo solo decae cuando dejamos de utilizar el nombre comercial.
- Además, si hemos registrado nuestro nombre comercial podremos licenciarlo o transferirlo, como ocurre con otros activos intangibles. Para ello deberemos inscribir la operación en el SENAPI. En cualquier caso, la enajenación del nombre comercial solo puede hacerse simultáneamente a la del establecimiento o la propia empresa.
En definitiva, la Comunidad Andina abre las puertas a dos niveles de protección, como ocurre con los Derechos de Autor:
- Por un lado, el mero uso del nombre comercial nos otorga el derecho de uso exclusivo.
- Pero si queremos gozar de la mayor seguridad jurídica deberemos registrar el nombre y renovar el registro cada 10 años.
La defensa de tu identidad si no registras tu nombre comercial
Aunque no hayas registrado tu nombre comercial tendrás derecho a defender tu identidad corporativa. Por ejemplo:
- Podrás evitar que otras personas registren cualquier signo distintivo que pueda inducir a asociación o confusión. Para ello se empleará el procedimiento de oposición.
- También dispondrás de todas las acciones que otorga la legislación de defensa de la competencia. Por ejemplo, podrás solicitar indemnizaciones por los daños y perjuicios padecidos, exigir que se deje de identificar empresas o establecimientos mediante tu nombre comercial…
Entonces, ¿me compensa tramitar el registro?
Sin lugar a dudas. El registro va a facilitar enormemente todas las actuaciones de defensa de tu identidad. Recordemos que actúa como certificación de titularidad, por lo que no tendrás que acreditar cuestiones como si eres el dueño o no del nombre o desde cuándo vienes utilizándolo.
Tratándose de un trámite sencillo, todas las empresas deberían proteger su nombre comercial. Además, desde Achá Lemaitre Abogados podemos ayudarte a gestionar el registro de tu nombre comercial. Tan solo tienes que contactar con nosotros para que te expliquemos cómo defender tu identidad corporativa.